El proyecto de acuerdo “Por medio del cual se establecen medidas para garantizar el derecho al trabajo decente en la ciudad de Medellín”, será radicado en los próximos días en el Concejo de Medellín, por el Concejal Carlos alberto Ballesteros Barón, con el acompañamiento y asesoría de la Escuela Nacional sindical y la CUT Antioquia.
.-Va dirigido al ente central del Municipio de Medellín, a sus entidades descentralizadas y a los órganos de control.
.- Pretende garantizar la aplicación de los principios Constitucionales del derecho laboral consagrados en el artículo 53 de la Carta Política, que son aplicación directa e inmediata, a pesar de lo cual se desconocen constantemente. Entre estos principios se destaca “la primacía de la realidad sobre las formas”, cuya aplicación debe concluir con la terminación de los falsos contratos de prestación de servicios e irregulares asociaciones cooperativas, para convertirlos en lo que realmente son: verdaderos vínculos laborales.
.- Respeto al a negociación colectiva de trabajo tanto de los trabajadores oficiales como de los empleados públicos en desarrollo de lo dispuesto en el convenio 151 de la OIT y la ley que lo incorporó, para lo cual se diseña un procedimiento obligatorio, respetando en todo caso las competencias constitucionales.
.- Se deberán consagrar cláusulas sociales en las relaciones entre las entidades públicas objeto del acuerdo y las entidades privadas con las que se contrate, de tal manera que se incorporen en los respectivos contratos administrativos. De tal forma que la violación de las normas laborales debe entenderse como una transgresión del contrato administrativo con las consecuencias legales que ello implica.
.- No se podrá contratar con aquellas entidades que desconozcan derechos laborales.
.- Para generar empleo decente se establecerán incentivos tributarios a aquellas empresas privadas que vinculen laboralmente nuevos trabajadores cumpliendo todos los requisitos establecidos en la legislación laboral y que no tengan antecedentes por violaciones a las normas laborales.
.- Se consagra como obligatorio una Cátedra denominada el derecho al trabajo decente y a la asociación sindical.
.- Se establece una comisión permanente de concertación, conformada por representantes de las organizaciones sindicales, los empleadores y el gobierno municipal que hará seguimiento al cumplimiento del presente acuerdo, y formulará políticas laborales y de empleo en la ciudad de Medellín entre otras funciones.